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Actualización normativa del SRI: impacto en el pago de obligaciones tributarias con notas de crédito

  • Foto del escritor: Dorian Salcedo
    Dorian Salcedo
  • 6 abr
  • 1 Min. de lectura

El 31 de marzo de 2026 el SRI mediante Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015 reformó la Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000051 que regula el procedimiento para la emisión, endoso, utilización y anulación de las notas de crédito emitidas por este. Entre los cambios más relevantes se encuentran los siguientes:





  • Las notas de crédito emitidas por el SRI podrán servir para extinguir total o parcialmente las obligaciones tributarias, multas e intereses administradas por este.


    • Límite: hasta un 60% del valor a pagar por cada declaración.

    • El porcentaje restante (40%) deberá cancelarse con los medios de pago habituales.

    • Excepción: no aplicable al estado de cuenta de notas de crédito del ISD.


  • Se eliminó el artículo 10 de la Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000051 en la que regulaba la garantía aduanera, es decir, la posibilidad de afianzar el cumplimiento de obligaciones tributarias aduaneras con notas de crédito desmaterializadas por el SRI.


  • Vigencia:

    • El uso de notas de crédito y límite del 60% será a partir del 1 de mayo de 2026.

    • Las demás disposiciones se aplicarán desde su publicación en el RO.

 

Referencias:

-        Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015 del 31 de marzo de 2026

-        Resolución No. NAC-DGERCGC21-00000051 del 09 de diciembre de 2021.

 

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