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El Ministerio del Trabajo reforma el Reglamento que regula el trámite de Visto Bueno

  • Foto del escritor: Valeria Granda
    Valeria Granda
  • 30 may
  • 2 Min. de lectura

El Ministerio del Trabajo reformó varios artículos del Reglamento que regula el procedimiento de Visto Bueno mediante el Acuerdo MDT-2025-043. Las reformas refuerzan formalidades procesales, precisan requisitos documentales y establecen nuevas reglas de actuación para los Inspectores del Trabajo. Se incorporan elementos del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se mejora la estructura de las diligencias de investigación, la resolución, la apelación y la ejecución.



Reforma del Reglamento al Visto Bueno



Tema

Normativa Anterior

Normativa Reformada (MDT-2025-043)

Comparecencia (Art. 4)

Personal o a través de mandatario.

Se exige además patrocinio obligatorio de abogado defensor debidamente nombrado o por procuración judicial.

Documentos de solicitud

(Art. 6)

Listado de documentos (cédula, poder, prueba, certificado IESS).

Se remite a los numerales 1, 2, 3, 5 y 7 del art. 143 del COGEP. El certificado IESS solo cuando el solicitante es empleador.

Contestación al Visto

Bueno (Art. 12)

Requisitos formales, pronunciamiento y posibilidad de rebeldía.

Se exige cumplir con el COGEP. Se refuerza el rol del abogado patrocinador y se especifica el procedimiento aplicable.

Investigación y

Resolución (Art. 13)

Fijación de día/hora/lugar y emisión de resolución.

La diligencia se divide en dos fases: saneamiento y prueba. Se permite la práctica de diligencias oficiosas y la suspensión por 3 días. Resolución debe ser motivada y puede ordenar consignaciones.

Apelación (Art. 14)

Recurso ante Director Regional.

Se aclara que puede presentarse en 3 días. La apelación es remitida por el Inspector al Director o Subsecretaría. Se aclara que no impide demanda judicial. Se regula la ejecución tras resolución del recurso.

Sujetos obligados (Nueva

disposición general)

No constaba.

Se incorpora una Disposición General Quinta que aclara que todo empleador y trabajador bajo el Código del Trabajo está sujeto a estas normas.



Recomendaciones Legales


  1. Revisar y actualizar los formatos de solicitud y contestación de Visto Bueno conforme al nuevo marco normativo.


  2. Preparar la documentación conforme al COGEP, incluyendo certificados del IESS solo cuando corresponda.


  3. Capacitar a los equipos de recursos humanos sobre las nuevas fases de la diligencia de investigación.


  4. Tomar en cuenta los nuevos plazos y la posibilidad de diligencias fuera de la Inspectoría si los hechos lo justifican.

 


 

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