El Ministerio del Trabajo reforma el Reglamento que regula el trámite de Visto Bueno
- Valeria Granda
- 30 may
- 2 Min. de lectura
El Ministerio del Trabajo reformó varios artículos del Reglamento que regula el procedimiento de Visto Bueno mediante el Acuerdo MDT-2025-043. Las reformas refuerzan formalidades procesales, precisan requisitos documentales y establecen nuevas reglas de actuación para los Inspectores del Trabajo. Se incorporan elementos del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se mejora la estructura de las diligencias de investigación, la resolución, la apelación y la ejecución.
Reforma del Reglamento al Visto Bueno

Tema | Normativa Anterior | Normativa Reformada (MDT-2025-043) |
Comparecencia (Art. 4) | Personal o a través de mandatario. | Se exige además patrocinio obligatorio de abogado defensor debidamente nombrado o por procuración judicial. |
Documentos de solicitud (Art. 6) | Listado de documentos (cédula, poder, prueba, certificado IESS). | Se remite a los numerales 1, 2, 3, 5 y 7 del art. 143 del COGEP. El certificado IESS solo cuando el solicitante es empleador. |
Contestación al Visto Bueno (Art. 12) | Requisitos formales, pronunciamiento y posibilidad de rebeldía. | Se exige cumplir con el COGEP. Se refuerza el rol del abogado patrocinador y se especifica el procedimiento aplicable. |
Investigación y Resolución (Art. 13) | Fijación de día/hora/lugar y emisión de resolución. | La diligencia se divide en dos fases: saneamiento y prueba. Se permite la práctica de diligencias oficiosas y la suspensión por 3 días. Resolución debe ser motivada y puede ordenar consignaciones. |
Apelación (Art. 14) | Recurso ante Director Regional. | Se aclara que puede presentarse en 3 días. La apelación es remitida por el Inspector al Director o Subsecretaría. Se aclara que no impide demanda judicial. Se regula la ejecución tras resolución del recurso. |
Sujetos obligados (Nueva disposición general) | No constaba. | Se incorpora una Disposición General Quinta que aclara que todo empleador y trabajador bajo el Código del Trabajo está sujeto a estas normas. |
Recomendaciones Legales
Revisar y actualizar los formatos de solicitud y contestación de Visto Bueno conforme al nuevo marco normativo.
Preparar la documentación conforme al COGEP, incluyendo certificados del IESS solo cuando corresponda.
Capacitar a los equipos de recursos humanos sobre las nuevas fases de la diligencia de investigación.
Tomar en cuenta los nuevos plazos y la posibilidad de diligencias fuera de la Inspectoría si los hechos lo justifican.
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