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Cuentas bancarias y renta: la Corte fija límites a la presunción automática de ingresos gravados

  • Foto del escritor: Dorian Salcedo
    Dorian Salcedo
  • 27 feb
  • 1 Min. de lectura

La Corte Nacional de Justicia mediante Resolución No. 02-2026 emitió un nuevo precedente jurisprudencial respecto al siguiente punto de derecho:


En caso de que la Administración Tributaria detecte discrepancias entre los ingresos declarados por los contribuyentes y los valores de sus cuentas bancarias, ¿puede calificar automáticamente estos valores como ingresos gravados con impuesto a la renta?





Ante este punto de derecho, se declaró el siguiente precedente jurisprudencial:


  • Cuando la Administración Tributaria identifica valores en las cuentas bancarias del contribuyente que considera debieron ser declarados, le corresponde asumir la carga de la prueba.


  • Dicha carga probatoria implica acreditar, en sede judicial, que tales valores constituyen ingresos o incrementos patrimoniales, conforme a los numerales 1 y 10 del artículo 8 de la Ley de Régimen Tributario Interno.


  • Adicionalmente, la Administración Tributaria debe demostrar que esos valores son gravables con el impuesto a la renta, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 311 del Código Orgánico General de Procesos.



Fuente:

  • Resolución No. 02-2026 Corte Nacional de Justicia

  • Sentencias sobre las que se funda el precedente jurisprudencial

  • Sentencia de 10 de julio de 2024, emitida dentro del proceso judicial No. 11804 2019-00366, por los jueces nacionales Rosana Morales Ordóñez (p), Gustavo Durango Vela y Diego Gordillo Cevallos;


 

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